BMGLaw Services
  • Servicios
  • Práctica
  • Novedades
  • Equipo
  • Despacho
Consulta
BMGLaw Services

Despacho de abogados · Barcelona · Madrid

  • Inicio
  • Servicios
  • Blog
  • Contacto
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies

© 2026 BMG Law Services S.L.P. Todos los derechos reservados.

  1. Inicio
  2. /
  3. Servicios
  4. /
  5. Concursal
Concursal

Abogados concursales en Barcelona y Madrid

Acompañamos a empresas, administradores y particulares durante toda la vida de la insolvencia: desde la reestructuración preventiva que evita el concurso hasta la liquidación ordenada, pasando por el convenio con acreedores y la exoneración del pasivo insatisfecho. Intervenimos tanto en defensa del deudor como de acreedores personados.

Consultar un asunto

El área en cifras

Servicios
5
Profesionales responsables
2
Cajamar Caja Rural
Banco Sabadell
CaixaBank
Hispania Asset Management
Sareb
EOS
Cajamar Caja Rural
Banco Sabadell
CaixaBank
Hispania Asset Management
Sareb
EOS
Qué hacemos

Servicios
del área

Acciones rescisorias concursales — Defensa frente a la reintegración a la masa activa

Defendemos a quien recibió un pago, una garantía o un bien en los dos años previos al concurso y se enfrenta a una demanda de reintegración a la masa activa.

Concurso culpable y responsabilidad del administrador — Defensa en la sección de calificación

Defendemos al administrador en la pieza donde se decide si responde con su patrimonio personal: calificación del concurso, inhabilitación y condena a cubrir el déficit.

Concurso de acreedores en Barcelona — Empresas, autónomos y particulares

Tramitamos concursos de acreedores ante los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona: empresas, autónomos y particulares con segunda oportunidad.

Concurso de acreedores para pymes — Reestructuración y liquidación

Gestionamos concursos de acreedores para pymes. Reestructuración de deuda, convenio con acreedores o liquidación ordenada.

Planes de reestructuración preventiva para empresas medianas y grandes

Diseñamos y negociamos planes de reestructuración preventiva (arts. 614-682 TRLC) para evitar el concurso en empresas medianas y grandes.

Quién lo lleva

Equipo
del área

Miquel Masramon — Socio en BMG Law Services

Miquel Masramon

Socio

Concursal & reestructuración

Mario Miralbell — Socio Director en BMG Law Services

Mario Miralbell

Socio Director

Litigación & derecho mercantil

Preguntas frecuentes

Dudas
habituales

¿Qué es una acción rescisoria concursal?
Es la acción que permite dejar sin efecto los actos realizados por el deudor dentro de los dos años anteriores a la declaración de concurso que resulten perjudiciales para la masa activa, aunque no exista intención fraudulenta. Su finalidad es reintegrar a la masa los bienes o el valor que salieron indebidamente del patrimonio del concursado en perjuicio del conjunto de los acreedores.
¿Cuándo se califica un concurso como culpable?
Cuando en la generación o en la agravación del estado de insolvencia ha mediado dolo o culpa grave del deudor o, si es persona jurídica, de sus administradores o liquidadores, de hecho o de derecho, apoderados generales y de quienes lo hubieran sido en los dos años anteriores. No se sanciona la insolvencia en sí, que puede ser perfectamente fortuita, sino la conducta que la provocó o la empeoró.
¿Qué juzgado tramita el concurso de acreedores en Barcelona?
Los Juzgados de lo Mercantil de Barcelona, que concentran uno de los mayores volúmenes de asuntos concursales de España dada la actividad económica de la ciudad. Conocer los criterios y ritmos propios de cada juzgado y de las administraciones concursales que operan en él es determinante para la estrategia del caso.
¿Cuándo debe una pyme solicitar el concurso de acreedores?
Cuando no pueda cumplir regularmente sus obligaciones exigibles (insolvencia actual) o prevea que no podrá hacerlo (insolvencia inminente). El administrador tiene el deber legal de solicitar el concurso en los 2 meses siguientes al conocimiento de la insolvencia (art. 5 TRLC).
¿Qué es un plan de reestructuración preventiva?
Es un instrumento introducido por la Ley 16/2022 en el TRLC (arts. 614 a 682) que permite reorganizar la deuda y la estructura financiera de una empresa en dificultades para evitar el concurso, mediante la negociación con las distintas clases de acreedores.
Desde el blog

Análisis
relacionados

  • Derecho bancario

    Sentencia TJUE C-70/25: phishing, devolución inmediata y negligencia grave

    La STJUE de 15 de octubre de 2026 (C-70/25) impide al banco retener la devolución de una operación no autorizada alegando negligencia grave del cliente. Pero la devolución no es definitiva: la entidad puede reclamar después la pérdida si prueba esa negligencia. Analizamos el texto íntegro, las conclusiones del Abogado General y lo que la sentencia deja abierto.

  • Derecho bancario

    STS 595/2026: Validez de la Comisión de Apertura sin Oferta Vinculante

    La STS 595/2026 revoca la nulidad de una comisión de apertura del 0,350% pese a no constar aportada la oferta vinculante: la fe notarial sobre la coincidencia entre oferta y escritura, y la puesta a disposición del proyecto durante tres días, bastan para superar el control de transparencia.

  • Derecho bancario

    STS 161/2026: Anulado el IRPH, ¿Puede el Préstamo Quedar Sin Interés y el Banco Devolver Todo lo Cobrado?

    La STS 161/2026 declara nula la cláusula IRPH-Entidades en un préstamo subrogado. ¿Puede el préstamo quedar gratuito y el banco devolver todos los intereses?

  • Derecho bancario

    Sentencias del Tribunal Supremo sobre IRPH (noviembre 2025): Nuevos Criterios tras la STJUE

    El Tribunal Supremo establece los parámetros definitivos para evaluar la transparencia y abusividad de las cláusulas IRPH, tras incorporar la doctrina de la STJUE de diciembre de 2024. Análisis completo de las sentencias 1590/2025 y 1591/2025.

Consulte su caso

¿Tiene un asunto
de concursal?

Primera consulta sin compromiso. Le respondemos antes de 24 horas.