Diseñamos y negociamos planes de reestructuración preventiva (arts. 614-682 TRLC) para evitar el concurso en empresas medianas y grandes.
Evaluamos la situación financiera de la empresa y determinamos si la reestructuración preventiva es la vía adecuada frente al concurso.
Clasificamos a los acreedores y diseñamos las medidas: quitas, esperas, capitalización de deuda o venta de unidades productivas.
Negociamos con cada clase de acreedores para obtener las mayorías legalmente exigidas para la aprobación del plan.
Solicitamos la homologación judicial del plan, incluido el arrastre de clases disidentes cuando sea necesario.

Litigación & derecho mercantil
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Contactar con MarioLos arts. 614 a 682 del TRLC, introducidos por la Ley 16/2022, transponen la Directiva (UE) 2019/1023 sobre marcos de reestructuración preventiva.
La homologación judicial puede extender los efectos del plan a clases de acreedores disidentes cuando se cumplen los requisitos de trato equitativo y prioridad relativa o absoluta previstos en el TRLC.
Primera consulta sin compromiso. Le respondemos antes de 24 horas.