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Fiscal & patrimonio

Sociedad patrimonial — Tributación, requisitos y fiscalidad

Diagnóstico y planificación fiscal para sociedades patrimoniales. Requisitos del art. 5.2 LIS, tributación y consecuencias en IS, Patrimonio y Sucesiones.

Solicitar diagnóstico fiscalResponsable: Jorge Lacasa

Resumen del servicio

BMG asesora a empresarios y familias con sociedades patrimoniales o en riesgo de serlo. Analizamos si su sociedad cumple los requisitos del art. 5.2 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, cuantificamos el sobrecoste fiscal derivado de esa calificación y diseñamos la estrategia — reestructuración o planificación— más eficiente para su patrimonio.

Cajamar Caja Rural
Banco Sabadell
CaixaBank
Hispania Asset Management
Sareb
EOS
Cajamar Caja Rural
Banco Sabadell
CaixaBank
Hispania Asset Management
Sareb
EOS
El servicio

Qué
incluye

Diagnóstico de la condición patrimonial

Analizamos el balance y la actividad real de la sociedad conforme al art. 5.2 LIS para determinar si tiene o corre riesgo de tener la consideración de entidad patrimonial.

Cuantificación del sobrecoste fiscal

Calculamos el impacto de la calificación patrimonial en el Impuesto sobre Sociedades, el Impuesto sobre el Patrimonio y el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

Reestructuración societaria

Diseñamos operaciones para recuperar la condición de sociedad con actividad económica cuando resulta la opción más eficiente.

Protección de la exención por empresa familiar

Preservamos, cuando es posible, la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio y la reducción del 95% en el ISD para negocio familiar.

Holdings y sociedades de tenencia

Estructuramos sociedades patrimoniales familiares para la tenencia ordenada de inmuebles y carteras de valores.

Defensa ante Hacienda

Representamos a la sociedad en comprobaciones e inspecciones sobre la calificación de entidad patrimonial.

Proceso

Cómo
funciona

01

Diagnóstico

Revisamos el activo y la actividad de la sociedad para determinar si concurren los requisitos del art. 5.2 LIS durante el ejercicio.

02

Impacto fiscal

Cuantificamos el coste real de la calificación patrimonial en cada impuesto afectado y en la transmisión generacional del patrimonio.

03

Estrategia

Definimos si conviene reactivar la actividad económica, reestructurar o asumir y optimizar el régimen patrimonial.

04

Implementación

Ejecutamos los cambios societarios necesarios, presentamos las declaraciones y le representamos ante cualquier comprobación.

Profesional responsable
Jorge Lacasa — Abogado Senior en BMG Law Services
Abogado Senior

Jorge Lacasa

Su interlocutor directo para este servicio. Primera consulta sin compromiso.

Contactar con Jorge
Marco legal

Lo que debe
saber

Marco normativo

El art. 5.2 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades define la entidad patrimonial como aquella en la que más de la mitad del activo son valores o elementos no afectos a una actividad económica durante más de 90 días del ejercicio.

Consecuencias en Patrimonio y Sucesiones

La calificación patrimonial impide aplicar la exención por empresa familiar del art. 4.Ocho de la Ley 19/1991 y, con ello, la reducción del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones sobre las participaciones transmitidas.

Preguntas frecuentes

Resolvemos
sus dudas

¿Qué es una sociedad patrimonial?
Es una sociedad en la que más de la mitad de su activo, durante más de 90 días del ejercicio social, está compuesto por valores o por elementos no afectos a una actividad económica, según define el art. 5.2 de la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades. La calificación se determina a partir del balance, y si la sociedad forma parte de un grupo, sobre el balance consolidado.
¿Cómo tributa una sociedad patrimonial?
Tributa al tipo general del Impuesto sobre Sociedades, como cualquier otra entidad, pero queda excluida de determinados incentivos fiscales: no puede aplicar el régimen de empresas de reducida dimensión, la exención por reinversión de beneficios extraordinarios, ni algunos supuestos del régimen de exención sobre dividendos y plusvalías del art. 21 LIS.
¿Qué desventajas tiene una sociedad patrimonial?
La principal es la pérdida de la exención en el Impuesto sobre el Patrimonio prevista para el negocio familiar y, en consecuencia, de la reducción del 95% en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones al transmitir las participaciones. También pierde el acceso a incentivos societarios reservados a entidades con actividad económica real.
¿Se puede dejar de ser sociedad patrimonial?
Sí. Se puede revertir dotando a la sociedad de medios materiales y humanos propios para desarrollar una actividad económica real, o mediante operaciones de reestructuración como la aportación de un negocio o la fusión con una sociedad operativa. El cambio debe sostenerse en el tiempo para que Hacienda no lo cuestione.
¿Qué es una sociedad patrimonial familiar?
Es el caso más habitual en la práctica: una sociedad constituida por una familia para agrupar y gestionar inmuebles o carteras de valores heredados o adquiridos conjuntamente. Está sujeta exactamente al mismo test del art. 5.2 LIS que cualquier otra sociedad, y suele ser donde más impacta la pérdida de beneficios en el Impuesto sobre el Patrimonio y Sucesiones.
¿Una participación significativa en otra empresa cuenta como activo no afecto?
No siempre. Las participaciones que otorgan al menos un 5% del capital de otra entidad y que se gestionan con la correspondiente organización de medios materiales y personales no computan como valores no afectos, lo que permite a muchas sociedades holding evitar la calificación de patrimoniales.
Fiscal & patrimonio

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