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Derecho penal

Defensa penal económica y corporativa

Defensa penal de empresas y directivos en delitos económicos, societarios, fiscales y contra la Hacienda Pública.

Consulta urgenteResponsable: Ignacio Lacasa

Resumen del servicio

BMG defiende a empresas, administradores y directivos en procedimientos penales por delitos económicos: fraude fiscal, insolvencia punible, estafa, apropiación indebida, delitos societarios, blanqueo de capitales y corrupción en los negocios. Asistencia desde la primera diligencia policial o citación judicial, con estrategia defensiva en instrucción, juicio oral y recursos ante Audiencias Provinciales y Tribunal Supremo.

Cajamar Caja Rural
Banco Sabadell
CaixaBank
Hispania Asset Management
Sareb
EOS
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El servicio

Qué
incluye

Asistencia desde la primera diligencia

Acompañamos al investigado desde la detención policial, declaración en comisaría o primera citación judicial como investigado (art. 118 LECrim).

Delitos fiscales y contra la Hacienda

Defensa en delitos contra la Hacienda Pública (art. 305 CP) y contra la Seguridad Social (art. 307 CP): defraudación superior a 120.000 €.

Delitos societarios

Administración desleal (art. 252 CP), falsedad contable (art. 290 CP), imposición de acuerdos abusivos (art. 291 CP) y obstaculización de derechos del socio.

Insolvencias punibles

Defensa en alzamiento de bienes (art. 257 CP) y concurso punible (art. 259 CP): ocultación de activos, favorecimiento de acreedores y falsificación contable.

Responsabilidad penal de la persona jurídica

Defensa de la empresa como persona jurídica imputada (art. 31 bis CP) y diseño de programas de compliance penal para acreditar la exención.

Recursos y casación

Interponemos recursos de apelación ante Audiencias Provinciales y de casación ante el Tribunal Supremo cuando la sentencia de instancia sea desfavorable.

Proceso

Cómo
funciona

01

Asistencia urgente

Acudimos a comisaría o juzgado para asistir al investigado en su primera declaración, garantizando sus derechos desde el inicio del procedimiento.

02

Análisis de la causa

Estudiamos el atestado, las diligencias de instrucción y la documentación incautada para identificar la estrategia defensiva más sólida.

03

Fase de instrucción

Intervenimos activamente en la instrucción: solicitamos diligencias, impugnamos pruebas ilícitas, recurrimos medidas cautelares y negociamos con la Fiscalía.

04

Juicio oral

Preparamos el juicio con informes periciales económicos y contables, interrogatorios estratégicos y alegaciones técnicamente fundamentadas.

05

Recursos

Si la sentencia es desfavorable, interponemos recurso de apelación y, en su caso, recurso de casación por infracción de ley o de precepto constitucional.

Profesional responsable
Ignacio Lacasa — Director Oficina de Madrid en BMG Law Services
Director Oficina de Madrid

Ignacio Lacasa

Dirección & estrategia

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Marco legal

Lo que debe
saber

Delitos contra la Hacienda Pública — Arts. 305-310 CP

El tipo básico (art. 305 CP) castiga con pena de 1 a 5 años de prisión la defraudación superior a 120.000 €. El tipo agravado (art. 305 bis) eleva la pena a 2-6 años cuando la cuota supera 600.000 €, se emplean personas interpuestas o se comete en organización criminal. La regularización voluntaria antes de la notificación de actuaciones inspectoras exime de responsabilidad penal.

Responsabilidad penal de la persona jurídica — Art. 31 bis CP

Introducida por LO 5/2010 y reformada por LO 1/2015. La empresa responde de delitos cometidos por representantes legales o empleados cuando exista incumplimiento grave de los deberes de supervisión. Están exentas las personas jurídicas que acrediten un modelo de organización y gestión (compliance) eficaz con órgano de cumplimiento autónomo.

Plazos de instrucción — Art. 324 LECrim

La instrucción debe completarse en 12 meses (causas sencillas) o 18 meses (causas complejas). Son causas complejas las que afectan a organizaciones criminales, requieren cooperación judicial internacional, involucran a múltiples investigados o precisan pericias contables de especial complejidad. Transcurrido el plazo sin prórroga, las diligencias posteriores son nulas.

Preguntas frecuentes

Resolvemos
sus dudas

¿A partir de qué importe hay delito fiscal?
El delito contra la Hacienda Pública se tipifica cuando la cuota defraudada supera los 120.000 € (art. 305 CP). Por debajo de esa cifra, constituye infracción tributaria administrativa. Si la cuota supera los 600.000 € o se comete en organización, se aplica el tipo agravado con penas de 2 a 6 años de prisión.
¿Puede ir a prisión un administrador de empresa por deudas?
No por el mero impago. Pero sí si se acredita alzamiento de bienes (ocultar o malvender patrimonio para eludir acreedores, art. 257 CP, penas de 1 a 4 años) o insolvencia punible en contexto concursal (art. 259 CP, penas de 1 a 4 años, o 2 a 6 si afecta a pluralidad de acreedores).
¿Qué es la responsabilidad penal de la persona jurídica?
Desde la reforma del art. 31 bis CP (LO 1/2015), las empresas pueden ser penalmente responsables de delitos cometidos por sus representantes o empleados. Las penas incluyen multa, disolución, suspensión de actividades o inhabilitación. Un programa de compliance penal eficaz puede eximir de responsabilidad.
¿Cuándo debo contactar a un abogado penalista?
En cuanto reciba una citación como investigado, una notificación de querella o se produzca una detención. El derecho a asistencia letrada existe desde la primera diligencia (art. 118 LECrim). Actuar pronto permite preservar pruebas y diseñar la estrategia antes de que avance la instrucción.
¿Qué es el compliance penal y para qué sirve?
Es un sistema interno de prevención de delitos (art. 31 bis.2 CP) que, si es eficaz, puede eximir a la persona jurídica de responsabilidad penal. Incluye un mapa de riesgos, código ético, canal de denuncias, formación periódica y un órgano de cumplimiento autónomo.
¿Puedo negociar una conformidad con la Fiscalía?
Sí. La conformidad (arts. 787-789 LECrim) permite acordar con la Fiscalía una pena inferior a cambio de reconocer los hechos. Es especialmente útil cuando la prueba de cargo es sólida, ya que puede reducir significativamente la pena y evitar el juicio oral.
¿Qué medidas cautelares pueden adoptarse en delitos económicos?
El juez puede decretar prisión provisional, libertad bajo fianza, embargo preventivo de bienes, prohibición de salida del territorio, retirada de pasaporte e intervención de comunicaciones. Recurrimos las medidas desproporcionadas para proteger los derechos del investigado.
¿Cuánto puede durar una instrucción penal económica?
El plazo ordinario de instrucción es de 12 meses para causas sencillas y 18 meses para causas complejas (art. 324 LECrim). El juez puede declarar la causa compleja y ampliar el plazo si concurren múltiples investigados, pruebas periciales o cooperación judicial internacional.
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